ODONTOGRAMA
Aprende información importante sobre la correcta relización del odontograma, tambíen descagar nuestro documento con la nomeclatura.
El Odontograma es un documento que que constituye la ficha clínica, nos permite comunicarnos de manera eficiente entre colegas y protege al paciente legalmente.
NORMA TÉCNICA DEL ODONTOGRAMA
I.FINALIDAD:
Mejorar la gestión del Odontograma con el fin de poder disponer de información estandarizada, proteger los interese legales de los usuarios y delimitar las responsabilidades de los profesionales de la salud y de los establecimientos prestadores de servicios odontológicos.
II.OBJETIVOS:
Estandarizar el gráfico y la nomenclatura básica para el registro de hallazgos en el odontograma, lo que permitirá a los odontólogos manejar la misma información.
Establecer los criterios de registro de datos sobre las anomalías y patologías de los dientes; así como el uso y manejo del Odontograma, en las diferentes unidades productoras de servicios odontológicos, pudiendo ser utilizado en aspectos clínicos, legales, forenses, estadísticos, de investigación o docencia.
III.AMBITO DE APLICACIÓN:
La presente norma técnica es de aplicación obligatoria para los odontólogos de las instituciones públicas y privadas, así como de la consulta particular en todo el territorio nacional.
DISPOSICIONES GENERALES:
El odontograma debe formar parte de la Ficha Estomatológica y de la Historia Clínica.
El sistema numérico para el odontograma debe ser el sistema digito dos o binario propuesto por la Federación Dental Internacional y aceptada por la Organización Mundial de la Salud.
El odontograma se debe desarrollar individualmente para cada paciente, durante la primera cita odontológica y será inalterable.
Paralelamente se debe desarrollar un odontograma que registre la evolución de los tratamientos dentales.
En el odontograma inicial sólo se debe registrar lo observado en el momento del examen y no debe registrarse el plan de tratamiento.
Cada registro que se haga en el odontograma debe respetar proporcionalmente el tamaño, ubicación y forma de los hallazgos.
Para el registro de hallazgos en el odontograma solo se utilizará los colores rojo y azul.
En los recuadros correspondientes a las piezas dentarias en donde se especifique el tipo de tratamiento se registrará las siglas en color azul cuando el tratamiento se encuentra en buen estado y en color rojo cuando se encuentra en mal estado. Asimismo, los tratamientos temporales se registrarán de color rojo.
En el rubro de especificaciones se debe explicar, determinar, aclarar con individualidad los hallazgos que no pueden ser registrados gráficamente.
En el caso de que una pieza dentaria presente más de una anomalía, estas se deben registrar en el item de especificaciones.
Los hallazgos radiográficos deben ser consignados en el odontograma.
El gráfico del odontograma establecido en la presente norma será único, y debe ser impreso en color negro. La corona debe tener como mínimo un centímetro cuadrado y la raíz será proporcional a esta.
El odontograma debe ser llenado sin enmendaduras ni tachaduras. En el caso que se produjera alguna modificación por tratamiento el profesional responsable debe registrar y firmar la modificación realizada en el item de especificaciones.
Las especialidades odontológicas podrán adicionar otras nomenclaturas relacionadas a su campo, mas no así modificar o contradecir las establecidas por la presente norma.
El odontograma debe ser desarrollado en un tiempo máximo de 10 minutos.